El nuevo Código Procesal de Familia, a punto de ser Ley

Este martes, la Cámara de Senadores intentará la sanción definitiva al proyecto que busca agilizar los procesos judiciales. Divorcio, adopción y violencia de género son los grandes temas.

El nuevo Código Procesal de Familia, a punto de ser Ley

Foto: MinutoUno

Sociedad

Unidiversidad

Zulema Usach

Publicado el 12 DE NOVIEMBRE DE 2018

Agilizar los procesos judiciales relativos a las problemáticas familiares y lograr la solución más adecuada para resguardar la integridad de las personas, es el objetivo del proyecto de Ley que busca poner en marcha el Código Procesal de Familia y Violencia de Género de Mendoza, en el marco de las leyes vigentes, tratados y pactos internacionales referidos a la protección de derechos.

En julio pasado, el Gobierno presentó ante la Legislatura Provincial su propuesta para adecuar la legislación provincial al nuevo Código Civil y Comercial de la Nación,  en concordancia con el nuevo Código Procesal Civil y Tributario de la Provincia. La idea del gobernador Alfredo Cornejo en ese momento fue otorgar a los jueces herramientas para mejorar el servicio de justicia.

En líneas generales, la propuesta que será debatida este martes 13, en la Cámara de Senadores –luego de su sanción inicial en Diputados hace quince días- establece los mecanismos y plazos que se deben poner en marcha en materia de adopción, divorcio, violencia intrafamiliar y minoridad y adolescencia, entre sus puntos fundamentales.

Claudia Salas, presidenta de la Comisión Bicameral de Familia, Niñez y Adolescencia explicó que de aprobarse el escrito Mendoza comenzará una etapa de avances desde el punto de vista del derecho de familia, ya que no será necesario que los jueces, al evaluar los casos surgidos de las diferentes problemáticas, apelen a recursos externos o a medidas externas a la ley vigente para resolver los conflictos.

Desde hace dos meses, de hecho, la comisión integrada por 31 legisladores/as viene analizando cada tramo del proyecto. “Se pidió además el aporte y puntos de vista de jueces de familia, abogados dedicados a esta área, defensores de derechos humanos y a representantes del Colegio de Abogados”, detalló la senadora radical e indicó que el proyecto tiene altas probabilidades de ser Ley Provincial.

“Está plasmado allí un gran esfuerzo para que se agilicen los procesos judiciales y se propone un abordaje integral de todas las situaciones que atañen a la familia. Se garantiza un acceso total a la Justicia, con una mirada que pone el foco en la protección integral de los derechos de los niños, niñas y adolescentes”, detalló Salas a Unidiversidad.

Por su parte, el juez de la Primera Cámara de Apelaciones de Familia de la Primera Circunscripción judicial de Mendoza, Germán Ferrer, detalló que la normativa propuesta es adecuada como herramienta para la Justicia.

“Es una ley que estructura todos los procesos mediante una audiencia. Una inicial, mediante la que se busca una conciliación y una que incluye la presentación de pruebas orales y el dictamen”, opinó el letrado, quien consideró que la Justicia de Mendoza se encuentra con algunos recursos limitados para dar respuesta inmediata a todas las problemáticas que se presentan. “La realidad es que la cantidad de jueces es poca para el nivel de trabajo existente”, ejemplificó Ferrer.

Claves del nuevo Código

En lo referido a violencia familiar, el documento establece que a la víctima no se le exigirá una denuncia penal ni antes ni después de la presentación en el juzgado interviniente, mientras que se le podrá requerir al juez que reserve la identidad quien denuncie. El juez en estos casos tendrá tres días para avanzar en una resolución.

Violencia de género

Por otra parte, se creará el Registro Único Provincial de Violencia Familiar y de Género, en el cual se consignarán los datos personales de las víctimas y victimarios de violencia familiar y de género. También se incluirán los estudios de salud, físicos, psicológicos y sociales realizados a ambos, como así también todas las medidas judiciales que se dispongan en relación a la protección de la víctima.

Divorcio

Respecto de la temática de divorcio, el proyecto establece en primer lugar que cualquiera de ambas partes puede presentarlo, sin requerir para ello presentar pruebas que justifiquen esa separación. En el caso de que el pedido de separación sea por parte de uno de los integrantes de la pareja (unilateral) la sentencia no podrá sobrepasar los 15 días, mientras que en el caso de que sea de común acuerdo, en diez días el divorcio de debe haber concretado formalmente.

Adopción

En lo que respecta a adopción, la Ley  que se encuentra a punto de ser aprobada establece una dinamización y achique de los plazos, priorizando siempre el interés superior del niño, niña o adolescentes. Hay que decir en este sentido que de acuerdo a los datos del Registro Único de Adopción, en la actualidad hay más de 70 menores de edad en condiciones de encontrar un nuevo hogar, en tanto que al menos 600 familias están inscriptas en el registro.

Mediadores

Otro cambio que propone la normativa tiene que ver con la creación de un Cuerpo de Mediadores –dependiente de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza- que deberán actuar en los conflictos familiares, de manera que sea posible establecer una posible resolución, agotando las instancias necesarias de acercamiento y esclarecimiento de las situaciones. Asimismo, en los procesos de familia y violencia familiar rigen los principios de “oralidad, inmediación, oficiosidad, buena fe y lealtad procesal, gratuidad y acceso limitado al expediente”.

La capacitación del personal que trabaje en organismos involucrados en la recepción de denuncias y abordaje de la violencia familiar, como así también de los empleados judiciales será otra herramienta clave con la que se buscará mejorar la calidad de los procesos referidos a familia. Ésa tarea estará a cargo del Centro de Capacitación del Poder Judicial como así también de las instituciones gubernamentales especializadas en el tema o universidades públicas y/o privadas con las cuales se celebren Convenios.

En el artículo 78, la Ley establece que los profesionales dedicados a las áreas de salud o la educación, como así también las personas que desempeñen cargos públicos tendrán la responsabilidad de denunciar una situación de violencia cuya víctima sea un niño, niña o adolescente, adulto mayor, incapaz o con capacidad restringida. Se desprende así, la obligación de guardar secreto profesional.

La situación expuesta por el/la denunciante deberá ser resuelta por el juez a cargo en un plazo no mayor a 24 horas. En estos casos la denuncia podrá realizarse en forma verbal o escrita o por cualquier medio tecnológico ante los Juzgados de Familia y Violencia Familiar, las seccionales policiales y otros organismos habilitados para su recepción.