Es ley el nuevo ente regulador del transporte público

El Senado aprobó la iniciativa que originará el nuevo Ente de Movilidad Provincial. Se trata de un organismo autárquico que tendrá bajo su competencia el sistema de movilidad, comprensivo de todos sus modos y medios.

Es ley el nuevo ente regulador del transporte público

Ahora los mendocinos utilizarán colectivos regulados por un ente autárquico. Foto: Prensa Mendoza.

Sociedad

Unidiversidad

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Publicado el 06 DE MARZO DE 2018

El esperado Ente de la Movilidad Provincial (EMOP) que regulará y controlará el transporte público de Mendoza es un hecho. Este martes el Senado aprobó el proyecto que ya contaba con la sanción de la Cámara Baja, y ahora solamente resta que sea promulgado por el Poder Ejecutivo para comenzar su marcha.

El EMOP precisó tanto de los votos del oficialismo como de la oposición para superar el filtro legislativo. Sin embargo, en gran medida se trató de un logro del Gobierno más que del arco político en su conjunto. Es que el peronismo, a pesar de haber aprobado la propuesta, tuvo que aceptar ciertos términos con los cuales no acordaba del todo, como las políticas públicas relacionadas con las tarifas del transporte.

Según consigna la ley, el EMOP será un ente autárquico y tendrá bajo su competencia el sistema de movilidad, comprensivo de todos sus modos y medios: el transporte público masivo e individual, el de uso privado, el transporte no motorizado y los servicios conexos. También deberá velar por el cumplimiento por parte de los concesionarios y demás prestadores de servicios regulados de las obligaciones emergentes de los respectivos contratos de concesión, permisos, autorizaciones y licencias, así como la aplicación de las normas que integran el marco regulatorio y las que dicte para el efectivo cumplimiento de sus funciones como Autoridad de Aplicación.

Además, podrá emitir sanciones a quienes violen la Leyes de Seguridad Vial N.º 9024, la Ley de Transporte N.º 6082 y las disposiciones de la presente ley.

El EMOP será asesorado por un órgano consultivo, integrado por dos representantes de los colegios profesionales de Ingeniería y Arquitectura, uno por cada uno; dos por el sector académico; tres por las entidades intermedias representativas de las y los usuarios y/o asociaciones vecinales legalmente constituidas; uno por la cámara empresarial de cada servicio público; uno por el sector sindical de cada servicio público; asimismo, deberán contar con un representante de los municipios de la zona sur, uno de la zona este, uno de la zona centro y dos por el Gran Mendoza, cuya integración será dispuesta en la reglamentación.

Las personas que integren el Órgano Consultivo serán seleccionadas por el procedimiento que se establezca en la reglamentación y designadas por el Poder Ejecutivo.

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