Ley de Glaciares: se realizará una audiencia pública antes de tratar los cambios en Diputados
Se realizará el 25 y 26 de marzo, un día en forma presencial y otra remota. Es un mecanismo previsto en la legislación, cuando se tratan temas ambientales. No es vinculante.
Un equipo de Ianigla trabaja en la actualización del Inventario Nacional de Glaciares. Foto: Ianigla/Conicet
Antes de que se traten en Diputados las modificaciones propuestas por el Ejecutivo a la Ley de Glaciares se realiza una audiencia pública no vinculante que durará dos días y que tendrá una jornada presencial (miércoles 25 de marzo) y otra remota (jueves 26 de marzo), en la que podrá participar cualquier persona que se inscriba previamente (24 horas antes). Esa fue la decisión que se tomó en un plenario de comisiones, tal como informó el sitio El Parlamentario.
Con la aprobación de la propuesta de convocar a audiencia pública, se prevé que el debate en el recinto se realice en abril, un lapso mucho más largo del que llevó el tratamiento en el Senado, donde la iniciativa obtuvo media sanción el 26 de febrero durante el período de sesiones extraordinarias del Congreso.
El mecanismo de audiencia
La propuesta de llamar a la audiencia pública la hicieron Maximiliano Ferraro (CC-Ari) y Sabrina Selva (UP) basándose en el artículo 41 de la Constitución Nacional, la Ley General del Ambiente y el Acuerdo de Escazú (Ley 27.566), donde se establecen los principios precautorios y de no regresión en materia ambiental que, de no respetarse, podrían abrir la puerta a la judicialización.
El acuerdo de Escazú, que Argentina ratificó en 2020 y que tiene rango constitucional, garantiza los derechos a la información y a la participación ciudadana en las decisiones relacionados con temas ambientales en América Latina y el Caribe. Ese pacto establece que las audiencias públicas son mecanismos obligatorios y espacios de diálogo abierto para garantizar la participación ciudadana en la toma de decisiones ambientales.
Teniendo en cuenta ese pacto y las leyes ambientales vigentes, es que Diputados aprobó la propuesta de convocar a una audiencia pública, que no es vinculante.
El sitio El parlamentario público detalles de cómo se concretará: será el 25 de marzo de forma presencial, el 26 de forma remota, ambas de 10 a 19, cada persona tendrá 5 minutos, además de presentar la exposición por escrito.
Con la intención de garantizar la participación federal, también se decidió publicitar la misma por distintos medios, ya que el plazo de inscripción estará abierto hasta 24 horas antes de la audiencia. Quienes deseen inscribirse, deberán hacerlo por mail a la Comisión de Recursos Naturales o de presencial en Diputados, de 10 a 16.
Las dos jornadas de la audiencia se transmitirán en vivo por los canales de comunicación de la Cámara de Diputados.
La Corte Suprema ratificó en 2019 la constitucionalidad de la ley. Aproximación al Chaltén, Santa Cruz. Foto: Inventario de Glaciares.
Qué dice la ley
La ley de Glaciares (26639), que se aprobó el 30 de septiembre de 2010, prevé un Régimen de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial, es decir, estándares básicos que deben respetar todas las provincias con el objetivo de proteger esas reservas estratégicas de agua dulce. El establecimiento de ese piso legal común de protección es central, ya que las provincias tienen el dominio originario sobre los recursos naturales que están en sus territorios.
Con la idea de evitar que se afecte la condición natural de ese recurso estratégico o que se afecte de algún modo su avance, la ley estableció la prohibición de realizar algunas actividades en las zonas de ambientes glaciares y periglaciares: la construcción de obras (salvo las necesarias para la investigación científica y la prevención de riesgos), la exploración y explotación minera e hidrocarburífera, y la instalación de industrias.
La norma también determinó la realización del Inventario Nacional de Glaciares, tarea para la que designó al Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientes (Ianigla), dependiente de Conicet. El objetivo fue claro: conocer con qué recursos cuenta argentina, para saber qué proteger.
El organismo científico presentó el primer informe en 2018, en el que determinó que en el país existen 16.968 cuerpos de hielo, con una superficie cercana a los 8484 kilómetros cuadrados, equivale a 41 veces la Ciudad de Buenos Aires. Mendoza se ubica en segundo lugar en cuanto a la superficie de los glaciares de todo el país: ocupan 1239 km², con 4172 cuerpos inventariados.
En 2024 se presentó la primera actualización del trabajo, en la que sumaron información de la región de los Andes Desérticos (Jujuy, Salta, Catamarca y el norte de San Juan). Y se espera que en breve se conozcan datos de la región Andes Centrales (sur de San Juan, Mendoza y norte de Neuquén).
Una ley constitucionalidad
Desde que se aprobó la ley, distintos gobiernos presentaron propuestas de modificación, pero no prosperaron. Tampoco avanzaron las presentaciones judiciales que se realizaron en contra de la norma.
En julio de 2019 la Corte Suprema de Justicia de la Nación convalidó la constitucionalidad de la ley que determina el Régimen de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial, por lo tanto, su plena vigencia.
Con su decisión, el máximo tribunal rechazó los planteos de inconstitucionalidad de la ley que presentaron las empresas mineras Barrick Exploraciones Argentinas SA. y Exploraciones Mineras Argentinas S.A., concesionarias del emprendimiento binacional Pascua Lama. Idéntica solución se adoptó respecto a la demanda iniciada por la empresa Minera Argentina Gold S.A., concesionaria del emprendimiento “Veladero”.
Imagen del glaciar Calingasta. Foto: M. Castro en www.glaciaresargentinos.gob.ar.
Qué busca modificar el Ejecutivo
El Ejecutivo busca modificar distintos artículos de la ley. El aspecto central es la redefinición del objeto a proteger, es decir los glaciares y el ambiente periglaciar, ya que la norma vigente prevé una protección amplia de ambos por considerarlos reservas estratégicas de agua dulce, mientras la iniciativa oficial acota esa tutela a los glaciares que cumplan una “función hídrica específica” y relevante para la recarga de las cuencas hídricas.
Otra modificación propuesta es que en el Inventario Nacional de Glaciares, solo se incluyan los glaciares o ambiente periglaciares que cumplan esa “función hídrica específica” y relevante para la recarga de las cuencas hídricas. Y de no ser así, deberán eliminarse del mismo.
Otro aspecto de la propuesta es que serán las provincias las que determinen la importancia de un glaciar en función del aporte hidrológico. Esto implicará que ese piso mínimo de protección que deben respetar todas las provincias ya no será tal, porque ahora lo determinará cada provincia en base a estudios.
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