No quiero mi apellido: cuál es el periplo legal para modificarse el nombre

Cambiarse la identidad no es nada simple. Hay casos, los más burocráticos, que necesitan del aval judicial. Te contamos dos casos de mujeres que buscaron la supresión del apellido paterno. Además, hablamos con una abogada especializada en derecho de familia y buscamos explicaciones en el Registro Civil.

No quiero mi apellido: cuál es el periplo legal para modificarse el nombre

Imagen: pixabay.com

Sociedad

Unidiversidad

Soledad Maturano

Publicado el 19 DE ABRIL DE 2022

Cuando nacemos, una primera acción de las y los progenitores es registrar e identificar a la persona nacida. Ese acto constituye un derecho elemental a la identidad. Así sea por razones sociales, culturales o legales, es habitual que el apellido que portamos sea el paterno. Ahora bien, en 2015 se llevó adelante una modificación muy importante, manifestada en el nuevo Código Civil: las hijas o hijos pueden llevar indistintamente el apellido materno o paterno.

Sin embargo, muchos de los expedientes que se inician para modificar la identidad tienen que ver con ese anclaje patriarcal. Incluso se pide la supresión del apellido paterno por casos de violencia o de abandono.

Mariel Molina, abogada y docente titular de la cátedra Derecho de Familia –Facultad de Derecho, UNCUYO–, habló con Unidiversidad sobre la modificación en el Código Civil: “Es para analizar sociológicamente por qué no se utiliza, o es muy poca la incidencia (del apellido materno) en el caso de hijos que tienen doble vínculo filial. Se sigue usando la tradición del varón primero. Hay más incidencia del doble apellido, pero no mamá y papá”. La letrada explicó que, en caso de tener más hijos o hijas, sus apellidos serán idénticos al del primero.

En aquellas situaciones en las que se quiera incorporar el apellido materno, este irá en segundo lugar. Pero, si se quisiese, es posible modificarlo a través de un proceso judicial. Allí se debe justificar por qué se desea modificarlo, explicó la abogada. En ese sentido, “el apellido tiene un doble fundamento. Uno es la identificación de la persona en sociedad, hacia afuera. Otro es la identidad construida y que va construyendo la persona hacia dentro, quién es uno para sí”.

Entonces, siguiendo a Molina, es posible modificar el apellido asignado en primer término en la medida en la que sea justificable, y que el juez o jueza sentencie en favor de la persona que solicita la modificación.

Imagen: blog - maat.ai

Historias en primera persona

Sofía Luciana recibirá en breve el documento que le otorga legamente el apellido Ariza. Tiene 26 años, y a sus 21 –en 2017– inició una demanda en el juzgado de familia para quitarse el apellido paterno. Si bien ya había considerado hacerlo antes, lo burocrático del proceso hizo que lo postergara. Ariza aseguró que el desencadenante de la decisión fue su embarazo. “No creí oportuno que mi hija llevara un apellido que a mí no me identifica” reflexionó.

Aún con una pandemia en el medio, reconoció que el proceso fue “larguísimo”. Consistió de entrevistas con una psicóloga en el juzgado, pasó por pericias, citaron para declarar a su mamá y papá –en palabras de Ariza, ya que legalmente es su padrastro–. Además, desde el Estado, hicieron una entrevista ambiental que fue encarada incorrectamente: en lugar de ir al domicilio de la joven, fueron al domicilio de su progenitor. “Fueron a preguntar por mí; como nadie sabía de mí en el domicilio de él ni en el de los vecinos, procedieron a hacerla de nuevo. Igual, eso les sirvió de prueba para corroborar que yo no tenía vínculo con ese señor”.

Para concretar su deseo de elegir el nombre con el cual identificarse, además de las declaraciones y pericias, brindó como prueba las conversaciones registradas en Facebook, que evidenciaron maltratos e insultos: “Corroboraron que no solo nunca tuve una relación con él, sino que, cuando se acercó a mi vida, lo único que me provocó fue mucho dolor y trauma”. Ataques de pánico y pesadillas fueron algunas de las consecuencias concretas.

“Yo nunca me sentí parte de esa familia ni es un buen recuerdo”, expresó para dar a entender el alivio que significa para ella quitarse el apellido paterno. “Saber que ahora ni yo ni mi hija tenemos, ni legal ni moralmente, ni nada por el estilo, relación con ese apellido y su familia es un alivio enorme”, completó.

Por su parte, Victoria empezó el proceso de extracción del apellido paterno a raíz de un proceso personal en terapia que la llevó a cuestionarse los vínculos con los varones, en particular, con su progenitor. Su papá se fue cuando tenía 4 años y sus recuerdos de crianza están asociados a su mamá.

“Lo seguí viendo durante un tiempo más, sé dónde vive, pero nunca tuve una relación. Lo veíamos una vez a la semana, venía dos o tres horitas. Después, con el tiempo, eso se hizo más laxo y lo dejamos de ver, solo cuando iba a la casa de mis abuelos”, contó Victoria.

Imagen: Revista Artefacto

Al igual que Sofía Luciana, Victoria ya había pensado en retirarse el apellido a sus 16 años, cuando se realiza el trámite de renovación del documento. Sin embargo, nuevamente, la burocracia y otras dificultades dejaron en pausa ese proceso. No obstante, eso no fue un impedimento para evitar el apellido paterno en algunos lugares –por ejemplo, redes sociales, correo electrónico, incluso la libreta universitaria–. Ahí, ella podía elegir cómo ser llamada, dato que le sirvió de prueba durante la sentencia.

En 2018 –con la ayuda de una amiga– sacó el primer turno en la codefensoría de Luján de Cuyo, momento que sería el inicio de un gratificante resultado. También las entrevistas con una psicóloga, test psicológicos, fuerte acompañamiento de su abogada, certificado de buena conducta, declaraciones de testigos –en su caso, su hermano mayor, una amiga y la mamá de una amiga– y la entrevista con un perito judicial fueron parte de ese proceso. Además, cuando inició ese recorrido, su terapeuta le preguntó si en verdad estaba dispuesta a hacer este proceso y qué pasaba si el trámite no se podía hacer o no salía. Ella le contestó: “Lo intentaría de nuevo”.

En diciembre de 2019, le notificaron que había iniciado el expediente de “acciones relativas al nombre para pasar de ser llamada María Victoria Brino a María Victoria Rubia, y así suprimir el apellido paterno”. Durante la pandemia, el proceso se ralentizó, pero continuó la comunicación virtual con su abogada, y el proceso legal también: “El 14 de diciembre de 2020, me manda un mail (para informarme) que tenía la sentencia. Lo leo, lo leo, lo leo, y al final decía la que la jueza aprobaba la supresión del apellido paterno y la adhesión del apellido materno”.

Un momento altamente emotivo fue cuando llegaron su partida de nacimiento rectificada, en abril de 2021, y su documento, en septiembre del mismo año. “Ahora me encanta decir mi nombre, me libera. No sé si existe palabra, pero es como haber nacido de nuevo. Fue difícil, pero copado. No me arrepiento, ni me arrepentí en ningún momento de haberlo hecho”, cerró Rubia.

Imagen: Defensoría BA

En qué otros casos es posible hacer cambio de nombre y/o apellido

Hay casos que no necesitan de un juicio, explicó Pablo Morales, trabajador del Registro Civil. Algunos de ellos son en cambios de nombres por identidad de género: “El ciudadano o ciudadana se puede presentar al registro civil, exponer cómo se autopercibe y el nombre que quiere colocarse; se puede hacer administrativamente a través del Registro Civil”. “Otro de los casos en que podemos modificarlo es si ha sido víctima de desaparición forzada, apropiación ilegal, alteración o supresión del estado civil o la identidad”, continuó Morales, que agregó que otro trámite sencillo que se puede realizar en el Registro Civil es agregar el apellido materno.

En general, la desafiliación del apellido no es un trámite que pueda resolverse administrativamente. “Es un trámite judicial que se llama ‘impugnación de afiliación’”, explicó Morales.

También la docente de la UNCUYO amplió en este sentido. Dijo que, por ejemplo, el nombre de pila en todos los casos –salvo por identidad de género– “tiene que ser autorizado por el juez”. “¿Por qué tengo que ir a justificarlo? Porque toda la gente me conoce como Mariel. Si yo mañana paso a ser Natalia, bueno, mi consideración social puede estar afectando algún derecho de algún tercero, a lo mejor. Hay que darle una protección a la estabilidad”, explicó.

Además, tienen que existir “justos motivos”, explicó por su parte la abogada Molina. El juez tiene que evaluar si se afecta o no la identidad, a la constitución como persona y psíquica, agregó la abogada. Para ilustrar, puso el siguiente ejemplo: “Una persona que tiene un apellido paterno de un padre que lo ha abusado, o ha abusado a su mamá, o cometió homicidio respecto a su mamá. La prueba se presenta al tribunal y prueba la existencia de esa lesión que le produce a su psiquismo. En ese caso, el juez autoriza”. También puede suceder que alguien se llama “igual que el papá que fue un abusador, entonces le cambian el nombre. Hay bastantes antecedentes”.

Por último, marcó una diferencia en aquellas situaciones en las que se pide el retiro de apellido por abandono de un hijo –menor–. “Llegan al estudio pidiéndote que le saquen al apellido, pero, en realidad, lo que están pidiendo es que se le suprima la responsabilidad parental”. Estas situaciones se dan cuando, por ejemplo, no se desea pedir autorización al progenitor para viajar al exterior. Por lo tanto, es posible suprimir las responsabilidades parentales sin retirar el apellido paterno. Si se desea también la desafiliación del apellido, es necesario avanzar hacia un proceso judicial.

cambio de nombre, derecho a la identidad, cambio de apellido,