Presentaron dos proyectos para que la violencia digital se considere delito

El proyecto de ley Belén busca incorporar al Código Penal los delitos de obtención y difusión no consentida de material íntimo y/o de desnudez, del "porn deepfake" y de la "sextorsión". Con la ley Olimpia, la violencia de género toma forma, también, de violencia digital.

Presentaron dos proyectos para que la violencia digital se considere delito

Foto: Presentación de las leyes Olimpia y Belén. Foto: Télam

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Publicado el 12 DE JULIO DE 2022

La diputada del Frente de Todos Mónica Macha, junto a la ministra Elizabeth Gómez Alcorta, el espacio de víctimas Ley Olimpia Argentina y la organización Género y TIC, presentó este lunes dos proyectos de reforma. Uno es del Código Penal y el otro apunta a la Ley de Violencia contra las Mujeres para tipificar como delito la figura de la violencia digital.

El primero, conocido como “ley Belén”, está inspirado en el caso de Belén San Román, que fue inducida al suicidio luego de sufrir la difusión no consentida de material íntimo. Busca tipificar los delitos de obtención y difusión no consentida de material íntimo y/o de desnudez, del porn deep fake y de la "sextorsión".

El segundo se denomina “ley Olimpia” en reconocimiento de la activista mexicana Olimpia Coral Melo, que fue víctima de la misma situación y, cuando vio que no podía acceder a la justicia, embanderó las luchas para visibilizar, prevenir y crear las reformas legislativas necesarias. El proyecto propone incorporar la violencia digital como un tipo de violencia de género en la ley 26485.

La presentación se realizó durante un acto en el edificio anexo de la Cámara de Diputados, con la asistencia de Elizabeth Gómez Alcorta, titular del Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad (MMGyD); la activista mexicana Olimpia Coral Melo; el padre de Belén, Marcelo San Román; Florencia Zerda, del grupo Gentic (Género y TIC); Paula García Rey, de Amnistía Internacional, y la defensora del Público, Miriam Lewin.

"Debemos trabajar sobre la violencia digital, entendiéndola como una forma de violencia para las mujeres", dijo Macha al abrir el acto, y destacó que uno de los proyectos buscan incorporarla "como un delito en el Código Penal".

Esto permitirá "tener la evidencia digital como un delito, ya que implica, para quienes filmen o graben, sin autorización, cuerpos de mujeres en una situación de intimidad, que sean sancionados, lo mismo para quienes lo suban a las redes y para quienes lo difundan", sostuvo.

Sostuvo, además, que “hay una responsabilidad compartida” entre quienes tomaron la decisión de publicar la imagen y quienes la difundieron. Las sanciones se agravarán si los responsables son exparejas, si la víctima es una menor de edad, o si se la utiliza con fines de lucro", agregó. Asimismo, dijo que la ley Olimpia "busca incluir a la violencia digital como otra tipología de violencia de género" y que se podrán generar acciones para trabajar en la prevención en todos los ámbitos". Se manifestó "muy optimista" en que se puedan "construir los consensos para poder sancionar estos proyectos" .

La ministra Gómez Alcorta felicitó a Macha por encabezar esta lucha en el Congreso y reconoció un Estado ausente en estas temáticas. Agregó que, con las normas vigentes, "una extorsión es una extorsión, y no importa el medio, pero, como suele suceder en los temas de violencia de género, cuesta mucho que los funcionarios judiciales o estatales tengan capacidad de escuchar que en esta práctica hay una extorsión a las mujeres y a los colectivos LTGBI".

Otra de las principales expositoras fue la activista mexicana Olimpia Coral Melo. Manifestó: "Este no es un tema de un partido político, es un tema en donde deberíamos llenar no solamente estos congresos y auditorios, aquí deberían haber estado todos los diputados y diputadas, que hagan a un lado su machismo y su misoginia".

"De nada nos sirve que un diputado levante la mano por la ley Olimpia o ley Belén si tiene en sus celulares nuestros cuerpos desnudos", agregó. La activista remarcó: "Cada vez que (diputados, medios de comunicación y hombres en general) difunden fotografías nuestras, violan nuestros cuerpos" y aclaró: "No necesitan tener nuestros cuerpos desnudos físicos para violarnos".

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

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Por su parte, Florencia Zerda, abogada y autora del libro Violencia de Género Digital, señaló: "Desde el feminismo, no solo buscamos la punibilidad de las conductas, hay que trabajar con políticas públicas educativas, pero, en el mientras tanto, no podemos dejar que las víctimas sigan sufriendo las consecuencias que sufren”. "Se han presentado más de 25 proyectos en el Congreso para penalizar la difusión sin consentimiento del material íntimo y ninguno prosperó, y eso es una locura", aseguró. La misma ONU pidió a la Argentina "que saque leyes acordes con este tema y con perspectiva de género".

El padre de Belén San Román, Marcelo, mostró su apoyo para aprobar una ley que impida que esto les pase a otras mujeres. "Es difícil hablar desde el dolor y honrar la memoria de mi hija", sostuvo, pero remarcó el daño psicológico que causa la viralización: “Mi hija no soportó ver su cuerpo e identidad en diferentes redes". El proyecto de la denominada "ley Belén" busca la incorporación al Código Penal Argentino de los delitos de obtención y difusión no consentida de material íntimo y/o de desnudez, del porn deep fake y de la llamada "sextorsión".

Establece que "se aplicará prisión de tres meses a dos años y el doble de la multa establecida en el artículo 155 a quien, por cualquier medio, sin autorización de la víctima o mediando engaño, videograbe, audiograbe, fotografíe, filme o elabore documentos con contenidos de desnudez, naturaleza sexual o representaciones sexuales explícitas". Asimismo, dispone que "se aplicará prisión de tres meses a tres años y el doble de la multa establecida en el párrafo anterior a quien por cualquier medio, y sin autorización de la víctima, difunda, publique, envíe o de cualquier manera ponga al alcance de terceros los documentos referidos en el párrafo anterior obtenidos con o sin mediar su consentimiento".

Según el texto, las penas se aumentarán en un tercio cuando el delito lo cometa una persona mediante violencia de género; si se comete con fines de lucro, por placer o codicia; odio racial, religioso, de género u orientación sexual, identidad o expresión de género, o contra una persona menor de edad.

Fuente: Télam

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