Qué hacer con las tarjetas no solicitadas

Muchos bancos envían plásticos que las personas no piden. Mientras no generen gastos, la "oferta publicitaria" es legal. Sospechas por la fuente de datos.

Qué hacer con las tarjetas no solicitadas

Foto: tarjetascredito.cl

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Publicado el 14 DE JULIO DE 2016

Según la Ley de Defensa del Consumidor (Art. 35 Ley 24240), el simple envío de una tarjeta no es ilegal, pero si ésta además generara un cargo o comisión, la entidad bancaria sí estaría violando dicha ley: "Queda prohibida la realización de propuesta al consumidor, por cualquier tipo de medio, sobre una cosa o servicio que no haya sido requerido previamente y que genere un cargo automático en cualquier sistema de débito, que obligue al consumidor a manifestarse por la negativa para que dicho cargo no se efectivice", sostiene la norma. Y agrega: "Si con la oferta se envió una cosa, el receptor no está obligado a conservarla ni a restituirla al remitente aunque la restitución pueda ser realizada libre de gastos". Sin embargo, organizaciones defensoras de los consumidores, como Consumidores Argentinosrecomiendan rechazar las tarjetas no solicitadas. 

A pesar de esto, los bancos sí pueden estar infringiendo la ley. Este es el caso de las entidades que envían este tipo de ofertas a personas que no son clientes. Por lo tanto, es válida la duda sobre la fuente de datos que brinda información sobre, por ejemplo, el domicilio. Consultado por Unidiversidad, Mario Vadillo, de ONG Protectora, confirmó que el tráfico de datos personales es ilegal, y que aquellos damnificados pueden realizar la denuncia a través de la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales.

Asismismo, aclaró que en el caso de que los bancos impongan gastos no realizados, "sorpresivos", existe un plazo de 30 días para impugnar dichos cargos.

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