Caso Olivera: la Corte decidirá a fines de marzo

El máximo tribunal revisará la sentencia que absolvió a Mariano Luque. Los argumentos de las partes.

Caso Olivera: la Corte decidirá a fines de marzo

Los magistrados escucharon los argumentos de los abogados. Foto: Prensa Poder Judicial.

Sociedad

Soledad Olivera

Unidiversidad

Verónica Gordillo

Publicado el 23 DE FEBRERO DE 2016

Después de cuatro años y tres meses de no saber qué le pasó a Soledad Olivera, de una investigación deficiente y de un juicio en el que no se condenó a nadie, ahora la Suprema Corte de Justicia tiene la posibilidad de dar una respuesta a la familia y a la comunidad de Lavalle. Los ministros revisarán la sentencia que absolvió por el beneficio de la duda al único imputado, Mariano Luque, y es probable que comuniquen su decisión a fines de marzo.

Luego de aceptar el recurso de casación presentado en conjunto por el querellante por la Subsecretaría de Derechos Humanos, Fernando Peñaloza y el del Ministerio Público Fiscal, Darío Tagua, los ministros de la Sala Penal de la Corte escucharon los argumentos de las partes.

Peñaloza solicitó a los jueces Mario Adaro, Omar Palermo y Herman Salvini que analicen las pruebas con perspectiva de género. Y aseguró que en el juicio quedó probado que existía una relación desigual, en la que Luque tenía el poder y que amenazó en varias oportunidades a la joven.

El abogado querellante fundamentó su pedido al asegurar que la perspectiva de género está contemplada en la jurisprudencia, en fallos del máximo tribunal nacional y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Aseguró que en estos instrumentos jurídicos se establece la necesidad de garantizar la igualdad de género, se condenan los estereotipos y se prevé contemplar las situaciones de violencia contra las mujeres antes de dictar un fallo.

La Corte revisará la sentencia, que absolvió por el beneficio de la duda al único imputado en la causa, Mariano Luque.

 

El letrado también insistió con el cambio de calificación, ya que Luque fue juzgado y absuelto por privación ilegítima de la libertad, y el abogado entendió que lo correcto es juzgarlo por homicidio simple.

En representación del Ministerio Público Fiscal acudió el procurador de la Corte, Rodolfo González, quien coincidió con la querella en pedir que se analicen las pruebas con perspectiva de género, aunque se mantuvo en la calificación de privación ilegítima de la libertad y no acompañó el pedido de homicidio simple.

En la audiencia también expusieron los abogados defensores de Luque, Adolfo y María del Carmen Aguilar. Aseguraron que el recurso de casación presentado por la defensa es improcedente por razones legales y explicaron a los supremos que, aún cuando revisen la sentencia, nunca tendrán la visión directa del caso, como la tuvieron los jueces que dictaron la sentencia.

La doctora Aguilar también se refirió al pedido de la defensa de que se analice la prueba con perspectiva de género. Dijo que esa mirada es interesante para una cátedra pero no para una causa donde se debe probar los hechos. Tal como hizo durante el juicio, subrayó que la investigación fue parcial y mal dirigida, y pidió que Luque no sea el chivo expiatorio de los errores de algunos organismos del Estado.

Los jueces del máximo tribunal tienen la palabra y es probable que comuniquen su decisión a fines de marzo. Pueden confirmar la sentencia, anular el juicio y ordenan realizar otro, o dictar una nueva sentencia. Tienen la posibilidad de dar una respuesta a la familia de Soledad Olivera y a la comunidad de Lavalle, después de cuatro años y tres meses sin respuestas.

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