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25 DE ABRIL DE 2024
La Justicia Federal de Dolores ordenó a las empresas distribuidoras de todo el país que se abstengan de realizar suspensiones del servicio a los usuarios que no puedan abonar su factura. El presidente de Defensa de Usuarios y Consumidores (Deuco), Pedro Busetti, explicó en Radio U los alcances de esta medida.
Imagen ilustrativa. Foto: archivo Unidiversidad.
La Justicia Federal de Dolores ordenó a las empresas distribuidoras de todo el país que se abstengan de realizar cortes del servicio de gas por falta de pago mediante una medida cautelar. El presidente de Defensa de Usuarios y Consumidores (Deuco), Pedro Busetti, explicó en Dale! de qué se trata este amparo colectivo.
Este fallo llega luego de una presentación de la Asociación Consumidores Argentinos que pedía que se evitaran las suspensiones a quienes no abonaran las boletas a causa de los altos valores de las tarifas. Según Busetti, “lo que determinó el juez implica que el usuario puede pagar a cuenta en función de los ingresos que tiene hasta que se resuelva la cuestión de fondo".
En cuanto a la aplicación de esta medida cautelar y los beneficios para el consumidor, Busetti señaló: “Si esto queda firme, será automático. El derecho se lo otorga la justicia, no tiene que discutirse con la distribuidora. El usuario va a tener el derecho de ir a la distribuidora y pagar aquello que pueda pagar, pero de ninguna manera se le puede cortar el servicio por falta de pago”.
Escuchá la entrevista completa.
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