Sin respuestas

Absolvieron a Luque por el beneficio de la duda. El caso quedó impune. El abogado querellante presentará un recurso ante la Corte local.

Sin respuestas

Sociedad

Soledad Olivera

Unidiversidad

Verónica Gordillo - Fotos: Axel Lloret

Publicado el 08 DE SEPTIEMBRE DE 2015

Sin respuestas: así se quedaron los hijos, las hermanas, los amigos, los vecinos de Soledad Olivera y la sociedad mendocina. Los jueces de la Segunda Cámara del Crimen absolvieron por el beneficio de la duda al único imputado en la causa por la desaparición de la joven, Mariano Luque. Determinaron también que la mujer fue víctima de un ilícito grave  y que el Estado tiene la obligación de investigar para dar una respuesta a su familia. Una respuesta que hoy no existe, porque el caso quedó impune.

El llanto de las tres hermanas de Soledad: Deolinda, Marcela y Romina, fue un símbolo inequívoco de esa falta de respuestas. Y la voz de Marcela, que pidió a los gritos justicia y que Luque diga lo que sabe.

Otra muestra de esa falta de respuestas fueron las palabras de la directora de la escuela Virgen del Rosario, Silvia Minoli, cuya voz fue clave para que la desaparición de Soledad y de Johana Chacón trascendiera la localidad de Tres de Mayo, en Lavalle. “Hoy estamos desolados con este fallo que no esperábamos. Los tres hijos de soledad fueron abandonados por el Estado”, dijo. 

El caso quedó impune y así lo marcó el abogado querellante por la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Nación, Fernando Peñaloza, quien adelantó que presentará un recurso de casación ante la Suprema Corte de Justicia, es decir un pedido para que revea la sentencia.

Luego de la lectura del fallo, la madre, el padre y el padrastro de Luque se abrazaron. Tal como determinaron los jueces, el único imputado por privación ilegítima de la libertad saldrá de la cárcel de Boulogne Sur Mer, donde está alojado desde el 2013.
 

La sentencia

Los integrantes de la Segunda Cámara del Crimen dieron a conocer la sentencia y los fundamentos de la misma, según explicaron, debido al interés social que concitó el caso. Lo usual es que los fundamentos se den a conocer unos quince días después.

El presidente del tribunal, Mateo Bermejo, leyó el fallo mientras a su lado asentían los jueces Arlington Uliarte y José Valerio. Frente a ellos estaba sentado el único imputado, Mariano Luque, rodeado por personal penitenciario, mientras a un costado de la sala estaban sus abogados, María del Carmen y Armando Aguilar, y en el extremo opuesto, el fiscal especial Santiago Garay, quien realizó la investigación; el representante del Ministerio Público, Darío Tagua, y el abogado querellante por la Subsecretaría de Derechos de la Nación, Fernando Peñaloza.

El presidente del tribunal fundamentó la razón por la que descartaron la posibilidad de cambiar la carátula del caso de privación ilegítima de libertad a homicidio simple, un pedido que realizó la querella. Explicó que esto significaría un cambio sustancial en la causa, en la prueba y en los hechos que se consideraron.

El juez también analizó las pruebas que evaluaron y recalcó que en este caso sólo existen indicios, ya que no hay un testigo presencial del hecho. Dijo que quedó probado que Soledad salió de su casa el 18 de noviembre con destino a la casa de Luque, con un paso previo por la finca de don Mario, donde le habían ofrecido un trabajo.

Para los magistrados, fueron concordantes y unívocos los indicios de que Soledad fue víctima de privación ilegítima de la libertad, que su ausencia fue intempestiva y no planificada, ya que consideraron que no hubiera abandonado a sus tres hijos. También dejaron clara la posibilidad de que la mujer haya sido asesinada, teniendo en cuenta que en casi cuatro años no se comunicó con nadie de su familia y que desde el día de su desaparición no cobró la Asignación Universal por Hijo.

En cuanto a la autoría del delito, el presidente del tribunal explicó que los indicios fueron insuficientes para determinar con certeza que Luque fue el autor. Y fundamentó la decisión de la cámara: no quedaron probadas las amenazas de Luque hacia Soledad, ella inició las comunicaciones el día de su desaparición, fue sola a la casa del único imputado (lo que consideraron incomprensible si le tenía miedo) y Luque llamó a la mujer el 19 de noviembre de 2011 (un día después de su desaparición). También, que se abrieron otras líneas de investigación y que no quedó debidamente explicado por qué no se siguieron, como la de la mujer que ofreció trabajo a Soledad en un cabaret, la denuncia de Beatriz Chacón (hermana de Johana y pareja de Luque) de que intentaron secuestrarla, o testimonios de las personas que la joven pudo haber visto en la finca de don Mario, por donde habría pasado antes de llegar a la casa de Luque. 

Los jueces también consideraron que quedó probado que Soledad fue víctima de una privación ilegítima de la libertad, de un delito grave, y que el Estado tiene la responsabilidad de seguir investigando.

Luego de los fundamentos, Bermejo leyó el fallo: absolver a Mariano Luque por el beneficio de la duda y ordenar su inmediata liberación. Los tres jueces votaron en el mismo sentido, es decir que no hubo disidencias en la decisión.

El llanto de las hermanas de Soledad fue lo único que se escuchó luego de la lectura de la sentencia. Mientras la policía comenzó a desalojar la sala, llegaron los cánticos de un puñado de agrupaciones que pedían justicia en el hall central del Poder Judicial, entre las que se encontraban representantes de PTS, Partido Obrero y de las agrupaciones Pan y Rosas, La Colectiva y la Comisión de Mujeres de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNCUYO.

Las hermanas de Soledad se abrazaron en la puerta del palacio judicial. Y volvieron a la localidad de Tres de Mayo casi como al principio, como esa noche del 18 de noviembre del 2011 cuando se alarmaran porque su hermana no volvía. Casi cuatro años después no saben qué le pasó a su hermana, no saben si está viva o muerta. No tienen respuestas.

 

Fundamentos del fallo

Caso Soledad Olivera

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